A José Manuel Soria no le gusta la prescripción

Soria de "denunciante" en Madrid

Extraña, teniendo en cuenta su amplia experiencia judicial, como denunciante y denunciado, que a José Manuel Soria le moleste la aplicación de la prescripción de los delitos o faltas, una medida de nuestro ordenamiento jurídico por el que se determina que el transcurso del tiempo produce el efecto de consolidar las situaciones de hecho, permitiendo la extinción de los derechos o la adquisición de las cosas ajenas.

Es pues una medida que permite consolidar derechos, aún cuando la mayoría de nosotros nada más tengamos presente la acepción de la prescripción extintiva o liberatoria, que es de la que hoy vamos a tratar aquí. Pero guste o no guste, beneficie o perjudique está claro que en nuestro ordenamiento jurídico el tiempo lleva a la consolidación de ciertos derechos o a la pérdida de los mismos. Esto es así y le es tan de aplicación tanto a un político, como a una magistrada, a un torero o a uno de Torredembarra que pasaba casualmente por aquí.

El pasado 20 de diciembre Soria, a través de su partido, presentaba una denuncia ante el CGPJ, contra la magistrada Victoria Rosell, “por firmar un manifiesto en contra de una resolución firme de archivo de querella criminal del TSJC”, como habrán supuesto los lectores la querella a la que se refiere el escrito de acusación de Soria, se refiere a la que interpuso en su día Carlos Sosa, por aquello que se conoció como el “Caso Salmón”. Además la denuncia presentada por Soria, a través de partido político interpuesto, también denunciaba a la magistrada por haber, presuntamente, redactado el contenido de la mencionada querella.

El Consejo General del Poder Judicial, tras estudiar el asunto ha declarado el archivo de la denuncia por prescripción, ya que los hechos que se denuncian, sucedieron hace más de dos años. Primera reflexión que se me ocurre de la lectura del artículo que ha publicado José Manuel, es imposible que Soria y su(s) abogado(s), es imposible que Trillo, reconocido profesional del derecho –que oficialmente presentó la denuncia- no conocieran algo tan sencillo como la aplicación de los plazos de prescripción.

Por lo tanto está claro, que la presentación de la denuncia no perseguía otra finalidad que la propagandística, a lo que hay que añadir una clara y decidida voluntad de airear, negativamente, el nombre de la magistrada. Ahora José Manuel Soria decide que el Consejo General le ha dado la razón y que sólo la prescripción que marca la ley, impide que Victoria Rosell sea castigada como merece. Lo que es falso, absolutamente falso. Cuando se aplica la medida de la prescripción, el tribunal no entra en el fondo del asunto. Si lo que se denuncia, está fuera de plazo, se decide su archivo sin entrar en el contenido de la denuncia, no se estudia y mucho menos se expresa si los hechos denunciados merecen o no el reproche penal.

Y me extraña que Soria, que debiera ser un experto en la aplicación de la prescripción se queje y exponga una serie de argumentos, por los que decide unilateralmente, que el Consejo General del Poder Judicial le da la razón. En primer lugar porque es falso y también, porque la prescripción a veces juega en contra de los intereses de uno, pero otras veces lo hace a favor. Vamos que en el caso de José Manuel Soria le es de aplicación el dicho que reza: “Lo comido por lo servido”.

Porque habrá que recordar que cuando, la magistrada que instruía las diligencias del “Caso Salmón”, decidió el archivo de las mismas y esta decisión fue recurrida, la fiscalía no se opuso porque, tal y como se recogía en distintos medios: “El fiscal Anticorrupción de Las Palmas, Luis Del Río, considera que el vicepresidente del Gobierno de Canarias, José Manuel Soria (PP), cometió cohecho en el denominado viaje del salmón, pero que el delito está prescrito al prevalecer la doctrina de los Albertos, que fija el momento de la prescripción en la admisión a trámite de la denuncia, y no en la interposición de la misma.”

Y por abundar, en otro medio se decía que: “…. el fiscal Anticorrupción de Las Palmas, Luis del Río, recapitula el contenido de las actuaciones y, si bien entiende que podría haber algún reproche hacia José Manuel Soria por aceptar la invitación de Lyng para viajar a Noruega en su avión privado, cuando el empresario tenía "una petición pendiente en una institución presidida por el mismo", llega a la conclusión de que en el hipotético caso de que hubiera un delito (cohecho, por aceptación de dádiva) este habría prescrito, ya que el viaje se llevó a cabo en 2005 y el plazo de prescripción para este tipo penal es de tres años”.

Así que por resumir, la presentación soriásica de la denuncia ante el CGPJ, me parece una medida torticera, toda vez que los denunciantes sabían no iba a prosperar por serle de aplicación la figura de la prescripción. Que si Soria se lamenta de esa aplicación, hay que recordar y recordarle que otras veces le ha favorecido, bien que indirectamente a su persona e intereses, y que debe dar gracias a los dioses que influyen en la mente y las decisiones de los magistrados, porque en la instrucción del “Salmón” no se le aplicara la figura del cohecho impropio de la misma manera que se le ha hecho a Camps, con las consecuencias que todos conocemos.

Así que del partido que todavía juegan Soria y sus denunciantes por aquellos viajes, gastos y fastos musicales, sólo les podemos ofrecer el resultado provisional, un empate a uno, y a veces me refiero naturalmente a las prescripciones habidas hasta la fecha por ambas partes. No sé yo si el partido habrá terminado. Veremos.





















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